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miércoles, 12 marzo 2008
LA JUEZA DE DÉNIA, LAURA ALABAU, SE OPONE POR CUARTA VEZ A CASAR UNA PAREJA DE HOMOSEXUALES EN CONTRA DE LO QUE ESTÁ OBLIGADA POR LEY
La Fiscalía de Alicante considera que la jueza del Registro Civil de Dénia, Laura Alabau, que por cuarta vez ha denegado el matrimonio de una pareja de homosexuales extranjeros, "peca de falta de realismo jurídico" y actúa "con grave perjuicio" al dilatar su unión "a sabiendas" de que la decisión será revocada.
Así se recoge en el recurso interpuesto por la Fiscalía de Alicante, que recuerda que la Dirección General de Registros y Notariados (DGRN) ha anulado anteriores autos de la magistrada, uno de ellos en 2006 por "un caso idéntico de dos ciudadanos británicos del mismo sexo residentes en España".
Alabau denegó el pasado 28 de febrero la autorización de matrimonio civil entre dos hombres de nacionalidad británica al considerar que la ley nacional de los contrayentes no admite la unión entre personas del mismo sexo, argumento esgrimido por la magistrada en tres ocasiones anteriores.
Recurso de la fiscalia. La Fiscalía de Alicante decidió el pasado jueves recurrir esta decisión ante la Dirección General de Registros, como ya hiciera en los casos anteriores. Asimismo, recordó que este órgano ya resolvió que no había "obstáculos" para celebrar las uniones e instó a la jueza a acatar la decisión. El recurso, presentado el pasado viernes y facilitado hoy a los medios de comunicación, sostiene que el matrimonio entre extranjeros residentes en España del mismo sexo "será válido por la aplicación de la ley nacional española, aunque la legislación nacional del extranjero no permita o no reconozca la validez de tales matrimonios".
La ley española prima sobre la británica. En este sentido, destaca que debe aplicarse la ley española "por ser la del país más estrechamente vinculado con el caso", dado que al menos uno de los dos contrayentes reside en el país, y subraya que el hecho de que no se reconozca en Gran Bretaña, no significa que no tenga ninguna efectividad. "Dicho matrimonio desplegaría todos sus efectos en España, donde residen y tienen su centro social de vida", pero también podría hacerlo en el Reino Unido, "al amparo de la Civil Partnership Act de 2004", que regula la unión civil entre parejas del mismo sexo.
Grave perjuicio a los derechos individuales. Por todo ello, la Fiscalía considera que la jueza "peca de falta de realismo jurídico, con grave perjuicio para el ejercicio de los derechos individuales, al dilatar" la tramitación del matrimonio "a sabiendas de que la Dirección General lo revocará indefectiblemente en la vía gubernativa, sin posterior recurso a la vía jurisdiccional".
marzo 12, 2008 en DOSSIERS | Permalink
